martes , 14 mayo 2024

Por el decreto de Milei, el seguro automotor y la VTV ya no serían obligatorios para circular

Según el decreto emitido por el Ejecutivo Nacional, los únicos tres documentos exigibles son la cédula verde, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente. Al igual que con el resto de las derogaciones y sustituciones, reina la incertidumbre sobre su aplicación y vigencia.

El presidente Javier Milei comunicó anoche en cadena nacional los puntos más relevantes del decreto de necesidad y urgencia (DNU) «Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina». Entre numerosas reformas, derogaciones y sustituciones, se establecen cambios en la documentación obligatoria para circular en auto en el territorio nacional, como la revocación de la obligatoriedad del seguro automotor y la verificación técnica vehicular en poder del conductor.

Los únicos tres documentos obligatorios a partir de ahora
El DNU establece que la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo.

Será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial.

Hasta ayer, la Verificación Técnica Vehicular o Revisión Técnica Obligatoria vigente y el comprobante de la póliza de seguro también eran obligatorios para circular. A partir del decreto ya no lo son.

No será necesario pagar la deuda por multas y patente para transferir un auto
Uno de los puntos destacados del DNU es la eliminación de la obligatoriedad del libre deuda para inscribir o transferir un vehículo.

«No podrá restringirse o limitarse la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del Registro. La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro», indica el texto.

Hasta ayer, era imposible avanzar con el trámite de una transferencia sin el libre deuda de multas y patentes.

Por el momento no se han hecho modificaciones sobre los costos tanto del patentamiento y la transferencia (que en algunos casos pueden superar el 7% del valor del bien adquirido) como tampoco del pago de patentes. En este sentido, algunos proyectos de ley presentados por diputados proponen un arancel único y accesible para estos trámites y obligaciones.

La aplicación efectiva, así como la constitucionalidad, del nuevo ordenamiento jurídico dispuesto por Presidencia de la Nación está sujeta a debate, ya que anoche el propio Milei dijo que debería pasar por el Congreso aunque esta mañana señaló que su vigencia es plena y automática.

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