jueves , 25 abril 2024

Autopsia confirmó que a Franco le dispararon en la nuca y desde corta distancia

Quedó en prisión hasta el juicio Pablo Monte, el sanlorencino de 41 años acusado de asesinar de un escopetazo a su ex cuñado Franco Román tras enterarse de que había golpeado a su hermana.

Pablo Ezequiel Monte, el sanlorencino de 41 años acusado de matar de un escopetazo en la cabeza a su ex cuñado Franco Román tras enterarse de que había golpeado a su hermana, quedó en prisión preventiva hasta la celebración del juicio. Así lo resolvió la jueza Griselda Strólogo en la audiencia imputativa llevada adelante este martes bajo modalidad virtual en Tribunales de San Lorenzo.

En la acusación, el fiscal Aquiles Balbis le atribuyó el delito de homicidio doloso simple, agravado por uso de arma de fuego. Por intermedio de su abogado defensor, Monte pidió la palabra en la audiencia y contó su versión del trágico hecho. Manifestó que recibió una llamada telefónica de una persona diciendo que estaban matando a su hermana, por lo que tomó un arma, se dirigió al lugar donde supuestamente estaba y cuando llegó “se quedó ciego”, precisaron voceros judiciales.

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El fiscal Balbis expuso que se recolectaron las pruebas suficientes para solicitar la prisión preventiva efectiva de Monte. Y ratificó que la muerte se produjo por un disparo de arma de fuego con una escopeta que fue debidamente constatada por profesionales médicos. Recordó además que previo al hecho se produjo una gresca, detallada en el acta de procedimiento policial que refiere un conflicto entre Monte y Román.

Balbis repasó el preinforme de la autopsia en la que se constató una fractura de cráneo con una herida de unos 10 centímetros y que se encontraron ocho perdigones, lo que demuestra que el disparo fue efectuado a muy poca distancia y desde la espalda, precisamente en la nuca, confiaron fuentes tribunalicias.

El fiscal también manifestó que no hay dudas sobre el conflicto previo y que no fue casual la muerte como resultado. Por ello solicitó la prisión preventiva por el plazo de ley para Montes. Por su parte, el defensor Fernando Virgili rechazó la calificación legal atribuida por el funcionario del Ministerio Público de la Acusación.

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Virgili entendió que la calificación legal debería ser homicidio por emoción violenta y que la reacción de Monte se debió a esa llamada a la cual hizo mención en su declaración. Advirtió que la hermana del acusado tenía una relación con hechos de violencia de género y que fue entendible la conducta del imputado, detallaron.

El defensor fundamentó la emoción violenta de su cliente manifestando que no hubo tiempo entre esa llamada telefónica y su reacción. En este sentido solicitó que se dispusiera una medida cautelar no privativa de la libertad, con la utilización de una pulsera electrónica, a fines de que Montes pueda continuar con su actividad laboral.

La jueza Strólogo escuchó a las partes y resolvió dictarle la prisión preventiva por el plazo de ley a Montes, del modo que lo había solicitado el fiscal Balbis, como responsable penal del asesinato de su ex cuñado Franco Román.

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